Los trabajadores autónomos en Andalucía comienzan el año con cierto alivio, ya que desde el 2 de enero pasado tienen la posibilidad de solicitar la Subvención Línea 1, Cuota Cero. Esta subvención implica la eliminación de la mensualidad de la tarifa plana de 85 euros durante un año. Una buena noticia es que esta medida se aplica de manera retroactiva a todos aquellos autónomos que se dieron de alta a partir del 1 de enero de 2023 y que hayan completado los 12 meses naturales como autónomos.
La subvención tiene como objetivo cubrir los gastos de la cuota pagada durante el período mencionado. Aunque inicialmente está diseñada para un año, se permitirá un segundo año de beneficio para aquellos autónomos que no alcancen el Salario Mínimo Interprofesional, las autónomas que retomen su actividad tras la maternidad en los dos años posteriores al cese, contados desde la fecha de reincorporación, y los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o que sean víctimas de violencia de género o terrorismo.
Los requisitos para acceder a la subvención son estar registrados en el RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos) en la fecha de presentación de la solicitud y desarrollar la actividad económica o profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Además, se debe cumplir con alguna de estas condiciones: haber sido beneficiario de la cuota reducida desde la fecha de alta y durante los 12 meses siguientes, incluyendo a las personas trabajadoras autónomas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o que sean víctimas de violencia de género o terrorismo; o encontrarse en el régimen de la cuota reducida durante los meses trece a veinticuatro, ya sea perteneciendo a alguna de las categorías mencionadas anteriormente o no.
El procedimiento se puede llevar a cabo en línea a través de internet, y el plazo para solicitarlo estará abierto hasta el 30 de septiembre de 2026. No se tendrá derecho a la subvención si no se cumple la duración de los 12 meses naturales completos. Según lo establecido en la normativa, el plazo máximo para la resolución y notificación es de cuatro meses desde la presentación de la solicitud en el registro electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía.
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