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El Tribunal Constitucional anula el impuesto municipal de Plusvalía

El alto tribunal ha declarado inconstitucional el impuesto de plusvalía, lo que supone su anulación, y dejará de cobrarse por parte de los Ayuntamientos.

No es la única sentencia, si no que se trata de la tercera que dicta en contra de este controvertido impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Aunque ya hay un pronunciamiento, aún tienen que redactar la sentencia, que tardará unos días en publicarse.

La razón que esgrime el Constitucional es que el cálculo de la base imponible se hace con unos parámetros que no siempre respetan la plusvalía realmente obtenida, atentando contra el principio de "capacidad económica", que garantiza el artículo 31 de la Constitución.

Esta norma que ahora se anula, fue aprobada durante la etapa del Gobierno de José María Aznar, refundiendo otras anteriores y se había venido aplicando desde entonces, salvo supuestos excepcionales.

A partir de esta última sentencia, se anula toda posibilidad de que los ayuntamientos puedan percibir el impuesto de plusvalía, además, los Ayuntamientos tendrá que devolver todas las cuantías que habían sido impugnadas, pendientes de resolución, o que ya estuviera planteada la reclamación por vía administrativa o judicial.

El fallo no afecta a las cuantías que han sido abonadas, y que no fueron impugnadas, antes de la fecha de aprobación de la sentencia.





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