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¿Desaparece un trabajador? Así debe actuar la empresa ante una posible dimisión o un despido

  • Foto del escritor: Jose Antonio Tellez
    Jose Antonio Tellez
  • 29 abr
  • 2 min de lectura

La llamada “desaparición” del trabajador —también conocida como ghosting laboral— sigue generando dudas en las empresas: ¿hay que entender que ha dimitido o, por el contrario, estamos ante un despido encubierto? La respuesta no es automática, porque los tribunales no siempre valoran igual la simple inasistencia al trabajo.


La cuestión práctica es relevante. Si la empresa interpreta mal la situación y tramita una baja voluntaria sin base suficiente, puede acabar con un despido improcedente, en cambio, si acredita de forma clara que el trabajador quiso extinguir la relación laboral, los jueces pueden validar la dimisión aunque no haya una comunicación formal expresa laboral.


Qué miran los tribunales

La jurisprudencia suele fijarse en si existe una voluntad inequívoca de abandonar el trabajo. No basta, por regla general, con unos días de ausencia sin explicación; hacen falta indicios sólidos que permitan concluir que el empleado decidió marcharse por su cuenta.


Entre esos indicios pueden contar la falta de respuesta a los requerimientos de la empresa, la incorporación a otro empleo o conductas que evidencien una ruptura clara de la relación laboral. En cambio, cuando no hay prueba suficiente de esa voluntad, los tribunales tienden a considerar que no puede hablarse de dimisión válida.


Cómo debe actuar la empresa

Antes de dar por extinguida la relación laboral, conviene que la empresa documente la situación. Lo habitual es intentar contactar con el trabajador, requerir su reincorporación y pedir que justifique las ausencias, preferiblemente por un medio fehaciente como burofax.


También es importante comprobar si el empleado está en situación de incapacidad temporal, porque una ausencia no siempre equivale a abandono del puesto. A partir de ahí, la empresa puede optar por dos vías: tratar el caso como baja voluntaria, si hay base suficiente, o iniciar un despido disciplinario por faltas injustificadas de asistencia.


En periodo de prueba

El escenario cambia si la desaparición se produce durante el periodo de prueba, en ese caso, la empresa puede cursar la baja en la Seguridad Social y poner a disposición del trabajador el finiquito correspondiente a los días trabajados, sin que exista obligación de preaviso.


Una decisión con riesgo jurídico

En definitiva, cuando un trabajador deja de acudir al puesto sin dar explicaciones, la empresa no debería actuar de forma automática. La clave está en probar si hubo una auténtica dimisión o si, por el contrario, la extinción debe canalizarse como despido disciplinario.

Una mala calificación puede cambiar por completo el desenlace judicial, por lo que conviene revisar con detalle las circunstancias del caso y la doctrina del tribunal aplicable.




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